El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo subsidio especial por desempleo para las personas que han agotado su prestación entre el 14 de marzo y el de 30 de junio de 2020. Las solicitudes se pueden presentar del 6 al 30 de NOVIEMBRE a través de tres canales:
- El formulario disponible en la sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones, pidiendo cita previa por la sede electrónica del SEPE o a través del teléfono).
- Presentando el modelo oficial de solicitud.
Pueden ser beneficiarios de este subsidio las persones que cumplan los siguientes requisitos:
- Los que hayan agotado la prestación contributiva en fecha posterior al 14 de marzo del 2020 y anterior al 30 de junio del 2020 y que no tengan derecho a ningún otro subsidio.
- Los que hayan agotado en fecha posterior al 14 de marzo de 2020 y anterior al 30 de junio de 2020 alguno de los subsidios siguientes:
- El subsidio por desocupación en cualquiera de las modalidades reguladas en el capítulo III del título III de el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Subsidio extraordinario de desempleo (SED)
- Subsidio de cotizaciones insuficientes
- Renta activa de inserción
Para más información podéis consultar el siguiente enlace.