El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo subsidio especial por desempleo para las personas que han agotado su prestación entre el 14 de marzo y el de 30 de junio de 2020. Las solicitudes se pueden presentar del 6 al 30 de NOVIEMBRE a través de tres canales:

Pueden ser beneficiarios de este subsidio las persones que cumplan los siguientes requisitos:

  • Los que hayan agotado la prestación contributiva en fecha posterior al 14 de marzo del 2020 y anterior al 30 de junio del 2020 y que no tengan derecho a ningún otro subsidio.
  • Los que hayan agotado en fecha posterior al 14 de marzo de 2020 y anterior al 30 de junio de 2020 alguno de los subsidios siguientes:
    • El subsidio por desocupación en cualquiera de las modalidades reguladas en el capítulo III del título III de el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
    • Subsidio extraordinario de desempleo (SED)
    • Subsidio de cotizaciones insuficientes
    • Renta activa de inserción

Para más información podéis consultar el siguiente enlace.

Noticias por categorias

Histórico de noticias