Este comunicado nos llega de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica:
El decreto de estado de alarma regula, com bien se sabe, la libre circulación de ciudadanos. Está prohibido desplazarse por cualquier cuestión que no sea trabajo, atención sanitaria o asuntos que tengan a ver con las necesidades básicas como la alimentación. Hasta las citas para la obtención del DNI han sido anuladas. Por tanto, entendemos que circular para obtener el certificado digital no és una de las actividades permitidas, quitando las que se consideren «de fuerza mayor o situación de necesidad«.
No obstante, nuestros servicios siguen funcionando a pleno rendimiento. Eso significa que cualquier ciudadano podrá obtener un certificado de la ACCV, a través d’APSC (en linea), utilizando su DNI-e. También que siguen activos todos los servicios que se proporcionen en linea, como la descarga de certificados de representante importados en fichero, o la descarga de certificados no personales (Sede, Sello, aplicación …).
Si se plantea algún caso de fuerza mayor, aconsejamos que el usuario se ponga en contacto con el organismo responsable del trámite que quiera hacer para buscar soluciones. Teniendo en cuenta las circunstancias, no creemos que se pueda obligar a nadie a obtener un certificado si no está prevista la circulación para eso.