De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza Reguladora sobre las instalaciones solares y fotovoltaicas, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
No se contempla en la normativa urbanística municipal vigente, Normas Subsidiarias de Planeamiento de el Verger, aprobadas definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante el 19 de febrero de 1993, B.O.P. nº 93 de fecha 26/04/1993, la posibilidad de instalación de placas solares térmicas y fotovoltaicas de autoconsumo en edificaciones ni terrenos. En el año en que fueron elaboradas y aprobadas, no se contemplaba esta posibilidad y menos se podía prever la alta demanda que en la actualidad están teniendo. La Unión europea, a través de su Directiva 2001 del Parlamento y Consejo ya fomenta el uso de energía procedente de fuentes renovables, estableciendo la exigencia a sus estados miembros de garantizar a los consumidores su derecho a convertirse en autoconsumidores de energía renovables. No cabe duda que, cada día es mayor la concienciación y la demanda de la sociedad actual respecto a las energías renovables para autoconsumo. El Ayuntamiento de el Verger se propone regular la instalación de captaciones solares en su término municipal, estableciendo unas condiciones que favorezcan las instalaciones tanto térmicas como fotovoltaicas de autoconsumo y que resulten adecuadas a los efectos ambientales y urbanísticos.
b) Necesidad y Oportunidad de su aprobación
Se ha detectado desde el Ayuntamiento un interés entre los vecinos/as un creciente interés para la instalación de paneles fotovoltaicos en el núcleo urbano y urbanizaciones, siendo necesario, por tanto, aprobar un marco regulatorio municipal, mediante ordenanza. De esta forma, el Ayuntamiento de el Verger muestra su apuesta por el uso de energías renovables y el cuidado del medio ambiente, así como las reducciones de CO2.
c) Objectivos de la norma
Los objetivos específicos de esta regulación són:
1. Introducir en la normativa urbanística municipal la regulación de la instalación de paneles solares térmicos y fotovoltaicos para autoconsumo.
2. Dar la posibilidad a los vecinos y vecinas del municipio, con tal instalación, su incorporación a los objetivos de transición energética.
3. Dotar de seguridad jurídica a los ciudadanos en la instalación de los nuevos sistemas energéticos de autoconsumo.
4. Compaginar la regulación proteccionista del patrimonio arquitectónico contenida en el planeamiento municipal de el Verger con la creciente demanda de autorización de instalaciones solares de autoconsumo.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
La cuestión que nos ocupa procede ser regulada por ordenanza porque tiene como destinatarias a una pluralidad indeterminada de personas, es susceptible de ulteriores y sucesivas aplicaciones y supone una regulación propia y exclusiva en el ámbito del Ayuntamiento de el Verger. La carencia de regulación de la instalación de placas solares térmicas y fotovoltaicas de autoconsumo en edificaciones y terrenos en las vigentes NN.SS., dada su antigüedad está suponiendo una discriminación energética de nuestro municipio. No se contemplan soluciones no regulatorias.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el siguiente cuestionario hasta el día 9 de FEBRERO de 2023, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas